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Estrenamos web. Las noticias anteriores a esta fecha (dic 2003) podrás consultarlas en la antigua web http://personal2.iddeo.es/interinosgr/, USA LOS ICONOS TEMÁTICOS PARA AGRUPAR LAS NOTICIAS
En la web de SADI Granada, todas las noticias tienen un ICONO que representa el tema (oposiciones, puestos específicos, bolsas, reuniones, prensa.....) del que tratan. Puedes ver todas las noticias publicadas sobre ese tema pulsando sobre el ICONO. ESTOS SON EJEMPLOS DE ALGUNOS ICONOS 
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Desde SADI GRANADA queremos mandar nuestra más sincera FELICITACIÓN a todos los compañeros y compañeras que han conseguido aprobar estas oposiciones. Este sistema, en el cual se ha hecho efectiva la convocatoria de CONCURSO-OPOSICIÓN, ha dado mejores resultados que en años anteriores para muchos interinos/as, trabajadores de la enseñanza, que ya llevaban tiempo trabajando para la educación pública andaluza. Enhorabuena por haberlo conseguido y gracias por haber podido contar siempre con vuestra colaboración y ayuda. No obstante, y sin ánimo de empañar la alegría, que merecidamente habéis ganado, os recordamos que el número de los que no han aprobado aún es muy numeroso y que su situación laboral, lejos de mejorar, empeorará en este y, mucho más, en los próximos cursos. Por este motivo, os pedimos que os sigáis solidarizando con todos/as los que todavía no hemos conseguido la ESTABILIDAD la en nuestro empleo, y que tal y como habéis hecho en años anteriores contribuyáis para que este sindicato, que sigue estando a vuestro servicio en la medida de sus posibilidades, pueda ser eficaz en su lucha contra la precariedad laboral de los interinos e interinas de Andalucía. SPAN> Gracias por vuestra ayuda y colaboración.
Gracias por ayudarnos en estas reivindicaciones.
Saludos y estabilidad para todos.
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Enviado por: sadigranada1 el Domingo, 05 de Agosto de 2007
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Enviado por: sadigranada1 el Martes, 24 de Julio de 2007
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Enviado por: sadigranada1 el Lunes, 23 de Julio de 2007
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Enviado por: sadigranada1 el Lunes, 23 de Julio de 2007
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Enviado por: sadigranada1 el Viernes, 13 de Julio de 2007
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Enviado por: sadigranada1 el Viernes, 13 de Julio de 2007
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Enviado por: sadigranada1 el Viernes, 13 de Julio de 2007
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Enviado por: sadigranada1 el Viernes, 13 de Julio de 2007
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Enviado por: sadigranada1 el Martes, 03 de Julio de 2007
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Enviado por: sadigranada1 el Lunes, 25 de Junio de 2007
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CALENDARIO PREVISTO
| OPOSICIONES | 11 JULIO | Publicación provisional fase de concurso. | 16 JULIO | Publicación lista de personal aprobado. | 16 y 17 JULIO | Atención al personal aspirante por parte de los tribunales. | 17 JULIO | Publicación definitiva fase de concurso. | 18 JULIO | Publicación lista de seleccionados. | TIEMPO DE SERVICIO | | Primaria | Secundaria | Provisional | 3-4 julio | A partir 16 julio | Definitivo | 16-17 julio | 25 julio | ADJUDICACIÓN DESTINOS | | Primaria | Secundaria | Provisional | 23 julio | 31 julio | Definitivo | 3 agosto | A partir 7 septiembre |
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Enviado por: sadigranada1 el Viernes, 22 de Junio de 2007
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Enviado por: sadigranada1 el Viernes, 22 de Junio de 2007
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Los artículos 92 y 93 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establecen que para impartir las enseñanzas de la educación infantil y de la educación primaria será necesario tener el título de Maestro, especialidad de educación infantil, o Maestro de educación primaria o el título de grado equivalente.
No obstante, debido a que disposiciones legales anteriores permitieron el acceso a estas enseñanzas de personal con titulación diferente a la de Maestro, en las bolsas de personal interino de las distintas especialidades del Cuerpo de Maestros existen personas en quienes no se da el vigente requisito de titulación.
Asimismo, el apartado octavo del principio de acuerdo entre la Consejería de Educación y las Organizaciones sindicales CSI-CSIF, ANPE, FETE-UGT y la F.E. de CC.OO. establece que “el personal interino del Cuerpo de Maestros que, en su día, accedió a sus respectivas bolsas aduciendo titulación distinta a la de Maestro y que, como consecuencia de ello, no puede concurrir a los procedimientos selectivos para acceder a dicho Cuerpo, podrá, de manera voluntaria, integrarse en la bolsa de interinidad de Educación Secundaria que corresponda a su titulación y especialidad, reconociéndosele, a efectos de bolsa, la totalidad del tiempo trabajado en el anterior Cuerpo docente”.
Por todo ello, teniendo en cuenta que dicho personal cuenta con tiempo de servicio suficiente para hacerse acreedor a la medida, parece oportuno, por un lado, cumplir estrictamente las previsiones de la referida Ley Orgánica de Educación y, por otro, no perjudicar a quienes, cumpliendo la norma del momento, accedieron a las bolsas del Cuerpo de Maestros, permitiendo la adscripción a bolsas de otros cuerpos docentes para los que reúna el requisito de titulación.
Por todo ello, en cumplimiento de lo establecido en los precitados artículos 92 y 93 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en la disposición final de la Orden de 5 de junio de 2006 (BOJA del 29), y en virtud de las atribuciones que le confiere el Decreto 242/2004, de 18 de mayo, esta Dirección General
HA RESUELTO:
1. Convocatoria y ámbito personal.
Efectuar convocatoria para que el personal interino de las distintas bolsas del Cuerpo de Maestros que no esté en posesión de la titulación de Maestro pueda integrarse en las de otros cuerpos y especialidades para los que reúna alguna de las titulaciones a que se refiere el ANEXO II de la Orden de 5 de junio de 2006 (BOJA del 29).
2. Solicitud.
El referido personal deberá cumplimentar la solicitud, según modelo que figura como Anexo de esta Resolución, indicando el Cuerpo y la especialidad a los que desea adscribirse, para lo que adjuntará a dicha solicitud copia del título alegado o resguardo de haber abonado las tasas para su expedición. Los códigos de los cuerpos docentes y las correspondientes especialidades son los que figuran en el ANEXO II de la Orden de 5 de junio de 2006, citada.
3. Plazo y lugares de presentación.
Se habilita un plazo de presentación de solicitudes de diez días hábiles, computables a partir de la publicación de la presente Resolución en los tablones de anuncios de las Delegaciones Provinciales y, a efectos meramente informativos, en la página web de la Consejería de Educación.
Las referidas solicitudes, dirigidas a esta Dirección General, se presentarán, preferentemente, en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE del 27), y en el artículo 51 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA del 29).
4. Resoluciones provisional y definitiva.
Recibidas las solicitudes y cotejados los datos por la Administración educativa, se publicará una Resolución provisional por la que se adscribe al personal solicitante a las distintas bolsas de los cuerpos y especialidades, en función de la titulación aportada. En el supuesto de personal excluido, se indicará la causa de la exclusión.
Contra dicha Resolución se podrá reclamar en el plazo de 5 días naturales, computables a partir del siguiente al de su publicación en los lugares referidos en el apartado 3 de esta Resolución, transcurridos los cuales y corregida, en su caso la lista de adscripción, se publicará la Resolución definitiva.
5. Recursos procedentes.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses a partir de su publicación, recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo competente, conforme a lo establecido en los artículos 8.2. a), 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, ante esta Dirección General, de conformidad con los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
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Enviado por: sadigranada1 el Viernes, 22 de Junio de 2007
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Enviado por: sadigranada1 el Martes, 19 de Junio de 2007
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Resolución de 1 de junio de 2007, de la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos, por la que se publica la lista definitiva del personal admitido y excluido para participar en el procedimiento selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Maestros.
De conformidad con la Base Cuarta de la Orden de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía de 24 de marzo de 2007 (BOJA del 26), por la que se efectúa convocatoria de procedimiento selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Maestros, esta Dirección General de Gestión de Recursos Humanos ha resuelto: 1.º Declarar aprobada la lista definitiva del personal admitido y excluido en el citado procedimiento, con indicación de los apellidos, nombre, DNI, número de pasaporte o documento análogo para participantes de nacionalidad extranjera, número de aspirante, turno por el que participa, número y provincia de tribunal donde dicho personal ha sido adscrito. 2.º Declarar excluido definitivamente al personal que no ha subsanado el motivo de exclusión. 3.º La lista completa del personal admitido y excluido se expondrá en los tablones de anuncios de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación a partir del día 11 de junio de 2007 y a efectos meramente informativos en la página web de la citada Consejería. 4.º De conformidad con lo establecido en el apartado 4.4 de la Orden de 24 de marzo de 2007, los requisitos exigidos deberán ser acreditados una vez hechas públicas las listas del personal seleccionado, sin que la inclusión en la relación del personal admitido prejuzgue que se reúnen los requisitos exigidos en la precitada Orden. Sevilla, 1 de junio de 2007 VER WEB DE LA JUNTA
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Enviado por: sadigranada1 el Viernes, 15 de Junio de 2007
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 Cuanto menos, extraño. En el Proyecto definitivo de Ley de Educación de Andalucía (LEA), no aparece por ningún lado la palabra interino. En el anteproyecto aparecían:- Una Disposición transitoria (la tercera) de Acceso a la función pública docente que hablaba de nosotr@s- Una Disposición adicional (la octava) de Personal interino mayor de 55 años- En el apartado de licencias y permisos, se equiparaban todas ellas para el personal interino.En el proyecto remitido al Parlamento Andaluz, todos estos artículos, los únicos que hablaban de interinos, han desaparecido. ¿Que ocurre con la LEA?
En el proyecto remitido al Parlamento Andaluz (descargar AQUÍ), todos estos artículos, los únicos que hablaban de interinos, han desaparecido. ¿Que ocurre con la LEA?
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Enviado por: sadigranada1 el Viernes, 15 de Junio de 2007
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RESOLUCIÓN DE 13 DE JUNIO DE 2007 DE LA DELEGACIÓN PROVINCIAL DE EDUCACIÓN DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA EN GRANADA, POR LA QUE SE HACEN PÚBLICAS LAS LISTAS PROVISIONALES DE ADMITIDOS, EXCLUIDOS Y SE RESUELVEN LA CONTINUIDADES, A QUE HACE REFERENCIA LA RESOLUCIÓN DE ESTA DELEGACIÓN PROVINCIAL DE FECHA 15 DE MAYO DE 2007. VER WEB DELEGACIÓN VER CONVOCATORIA
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Enviado por: sadigranada1 el Viernes, 15 de Junio de 2007
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El pacto de los interinos no se prorrogará más allá de 2008 La Junta de Andalucía no contempla en ningún caso la probabilidad de prorrogar el acuerdo de estabilidad laboral para los docentes interinos, que expira en septiembre de 2008. Este pacto, rubricado hace cinco años, garantizó un puesto de trabajo a 11.600 docentes interinos de Primaria y Secundaria que a fecha de 31 de diciembre de 2002 llevaban un mínimo de doce meses trabajando para la administración educativa. "No habrá excepciones", afirma con rotundidad Carlos Gómez Oliver, director general de recursos humanos de la Consejería de Educación. Así las cosas, estos docentes tendrán que aplicarse y conseguir una de las 7.058 plazas de Primaria ofertadas para este año por la consejería, en la que ha sido una de las convocatorias de empleo más amplias desde el año 2000. Las causas que han motivado esta convocatoria extraordinaria de plazas hay que buscarlas en la entrada en vigor de la LOE. "La nueva norma otorga una oportunidad única a las comunidades autónomas para estabilizar el empleo, de tal modo que la cuota de interinos baje del 15 por ciento actual, al 8 por ciento como marca la LOE", explica Gómez Oliver. Por su parte, los profesores de Instituto y FP deberán esperar al año que viene para competir por una vacante. "La convocatoria de Secundaria del año que viene también será masiva", asegura el director de recursos humanos, al tiempo que advierte que ambas serán las únicas de estas características en los próximos años. Los interinos lo tendrán, eso sí, más fácil que en convocatorias precedentes. Para empezar la ratio global les resulta favorable, ya que de media hay cinco aspirantes (exactamente 4,7) para cada vacante, frente a los diez que se daba en las ediciones anteriores. Si bien es cierto que por especialidades la coyuntura fluctúa mucho, desde las 1,7 personas de media que optan a una plaza de Maestro de Primaria hasta las 18 que aspiran a una de Maestro de Música. Ademas de contar con plazas "suficientes", siempre en palabras del máximo responsable de la política de personal de los docentes no universitarios del sector público andaluz, los interinos se beneficiarán de dos ventajas más. Por un lado, no tendrán que hacer una de las partes del examen. En lugar de defender una unidad didáctica ante el tribunal, los interinos podrán presentar, si así lo desean, un informe sobre la misma materia, elaborado por la administración educativa. Por otro, el cómputo de la experiencia docente que se evalúa en la fase de oposición les será muy favorable, ya que se ha elevado en dos puntos, pasando de los cinco puntos que marcaba el MEC a siete (a razón de 0,7 puntos por año trabajado). La Junta confía en que los interinos aprovechen la oportunidad que se les brinda y que no ocurra lo mismo que en convocatorias anteriores, en las que tan sólo un 20 por ciento de ellos se hicieron con una plaza fija.
VER ESTAS DECLARACIONES EN EL EUROPASUR
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Enviado por: sadigranada1 el Jueves, 14 de Junio de 2007
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Enviado por: sadigranada1 el Jueves, 14 de Junio de 2007
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Enviado por: sadigranada1 el Martes, 12 de Junio de 2007
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Resolución de 24 de mayo de 2007, de la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos, por la que se hace pública la composición de los órganos de selección, la adscripción a los tribunales, los lugares de actuación y la fecha de comienzo de la prueba del procedimiento selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Maestros.
La Orden de la Consejería de Educación de 24 de marzo de 2007 (BOJA del 26), por la que se efectúa convocatoria de procedimiento selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Maestros, regula en su Base Quinta que la selección del personal aspirante se realizará por los tribunales, nombrados al efecto, haciéndose pública su composición en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
En su virtud, esta Dirección General de Gestión de Recursos Humanos, en uso de las competencias que le confiere el Decreto 242/2004, de 18 de mayo (BOJA del 21),
HA RESUELTO:
1. Hacer pública la composición de los tribunales titulares y suplentes y de las comisiones de selección que se relacionan en el Anexo I de esta Resolución.
2. Hacer pública la adscripción del personal aspirante a los distintos tribunales, así como las sedes y ubicación de los mismos, donde se realizarán el acto de presentación y la parte B de la prueba, tal como se relaciona en el Anexo I de esta Resolución.
3. Anunciar que el acto de presentación tendrá lugar el día 22 de junio, a la hora que se indica en el Anexo I de esta Resolución.
Conforme a lo establecido en el apartado 7.1 de la citada Orden, el referido acto de presentación tiene carácter personalísimo y, en consecuencia, será de asistencia obligatoria, no admitiéndose acreditaciones ni poderes de representación.
Quienes no asistan efectivamente al citado acto de presentación decaerán en sus derechos y serán excluidos del procedimiento. Igualmente resultarán excluidos quienes se presenten en un tribunal al que no estén adscritos.
En este acto de presentación los tribunales identificarán al personal aspirante, que deberá ir provisto del documento nacional de identidad o documento similar que acredite la identidad, darán las instrucciones que consideren convenientes y aclararán las dudas planteadas para el mejor desarrollo del procedimiento selectivo.
El personal aspirante entregará en este acto los méritos y la programación didáctica, de acuerdo con lo especificado en los apartados 3.6 y 8.2 de la Orden de 24 de marzo de 2007.
4. Publicar los lugares de celebración de la primera parte de la prueba del citado procedimiento selectivo que se relacionan en el Anexo II de esta Resolución.
5. El personal aspirante que figuraba excluido en la lista provisional y haya subsanado el motivo de dicha exclusión mantendrá el número asignado en la Resolución de 23 de abril de 2007, de esta Dirección General, sin que dicha subsanación comporte cambio en la adscripción al tribunal que le corresponda.
6. Anunciar que la parte A de la prueba para el turno general y reserva de discapacidad de todas las especialidades dará comienzo el día 24 de junio, en el horario y lugares que figuran en el Anexo II de esta Resolución.
El personal aspirante deberá presentarse ante el tribunal al que ha sido adscrito a las 8:00 horas del citado día 24, en los casos en que el tribunal comience la prueba a las 9:00 horas, y a las 11:30 horas para aquellos en que la tenga fijada a las 12:00 horas.
7. El orden de actuación del personal aspirante, salvo en las pruebas que deban realizarse en acto colectivo, se iniciará alfabéticamente por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra “O”, de acuerdo con el resultado del sorteo realizado por la Consejería de Justicia y Administración Pública, el día 16 de mayo de 2007. Los tribunales que no cuenten con aspirantes cuyo primer apellido comience por la indicada letra iniciarán el orden de actuación por la letra o letras siguientes.
8. Los tribunales y las comisiones de selección deberán constituirse antes del día 11 de junio de 2007.
Sevilla, 24 de mayo de 2007
EL DIRECTOR GENERAL DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS Carlos Gómez Oliver
DESCARGA EL BOJA DE LOS TRIBUNALES
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Enviado por: sadigranada1 el Lunes, 11 de Junio de 2007
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CONCURSO OPOSICIÓN. CUERPO DE MAESTROS. AÑO 2007: Orientaciones generales para la valoración de la prueba. TEMA ESCRITO (PARTE A DE LA PRUEBA): 1. Se comprobará que, al comienzo de la exposición, se establecen las ideas principales del tema que se va a desarrollar, mediante guión, esquema, ... 2. El tribunal observará si el contenido de esta parte de la prueba se adapta al tema elegido, se estructura de manera lógica, coherente y con la adecuada profundización. 3. Asimismo, se prestará atención a la claridad expositiva del ejercicio y al buen uso del lenguaje. 4. Se valorará la inclusión de bibliografía especializada acerca del tema elegido. DEFENSA DE LA PROGRAMACIÓN Y EXPOSICIÓN DE LA UNIDAD DIDÁCTICA (PARTES B1 Y B2 DE LA PRUEBA): 1. La programación y/o la unidad didáctica se adaptan al curso y nivel elegidos. 2. Los objetivos, contenidos, actividades, recursos, metodología y criterios de evaluación se presentan de una manera coherente y secuenciada. 3. El tribunal prestará especial atención a la defensa de la programación y, en su caso, a la exposición de la unidad didáctica, que habrá de ser apropiada al alumnado del curso y del nivel elegidos y con un correcto uso del lenguaje. 4. Asimismo, se observará si se incluyen medidas destinadas al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo. EJERCICIO PRÁCTICO DE LA ESPECIALIDAD DE MÚSICA (PARTE B3 DE LA PRUEBA): El tribunal valorará la adecuación de la partitura al curso y al nivel elegidos, así como su dificultad técnica y la calidad interpretativa. VER ESTA INFORMACIÓN EN LA WEB DE LA CONSEJERÍA
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Enviado por: sadigranada1 el Jueves, 07 de Junio de 2007
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Enviado por: sadigranada1 el Miércoles, 06 de Junio de 2007
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4.- PERMISOS POR RAZONES DE FORMACIÓN. | a) REGULACIÓN: Este permiso se encuentra regulado en el artículo 72 de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado, en el artículo 30.1.d) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, y, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el artículo 11.1.4 del Decreto 349/1996, de 16 de julio, en la redacción dada por el Decreto 347/2003, de 9 de diciembre. Este permiso puede ser de tres clases: 1. - Para concurrir a exámenes finales y demás pruebas definitivas de aptitud y evaluación en Centros oficiales, durante los días de su celebración. Deben entenderse incluidos en los términos "exámenes finales" y "pruebas definitivas de aptitud" los exámenes parciales liberatorios y las pruebas selectivas convocadas por las Administraciones Públicas. 2.- Para asistencia a cursos de selección, formación y perfeccionamiento, por la duración de los mismos. 3. - Para estudios sobre materias directamente relacionadas con la Función Pública, por la duración de los mismos. b) TRAMITACIÓN: La solicitud, en modelo normalizado (Anexo I), se presentará por las personas interesadas en su Centro de destino, cuyo responsable, en su caso, deberá remitirla, acompañada del informe correspondiente, al órgano competente para su autorización, de conformidad con lo previsto en el párrafo siguiente. c) COMPETENCIA: La competencia para autorizar este permiso corresponde, según los casos y en virtud de la Orden de 22 de septiembre de 2003, de delegación de competencias en diversos órganos de la Consejería, a: 1.- Permiso para concurrir a exámenes finales y demás pruebas definitivas de aptitud y evaluación en Centros oficiales: la Dirección del Centro o persona responsable del Servicio Educativo. 2.- Permiso para asistencia a cursos de selección, formación y perfeccionamiento: la Delegación Provincial. 3.- Permiso para estudios sobre materias directamente relacionadas con la Función Pública: Si la duración del permiso concreto no excede de 30 días, la competencia corresponde a la Delegación Provincial correspondiente, pero si su duración es superior a 30 días dicha competencia corresponderá a la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos. d) DERECHOS ECONÓMICOS: Plenos. e) CONSIDERACIONES GENERALES: El permiso debe concederse por el tiempo mínimo pero también suficiente para que la norma cumpla su objetivo de hacer posible la asistencia a exámenes y pruebas definitivas de aptitud. Las circunstancias particulares concurrentes en cada caso deberán ser ponderadas adecuadamente por el órgano competente para su concesión. Con carácter general orientativo cabe decir que, en el caso de que los exámenes se celebren necesariamente, y no por opción de la persona interesada, fuera de su localidad de destino, el permiso debe alcanzar al tiempo de celebración de los exámenes, agregando el necesario para el desplazamiento al lugar de examen. Con el mismo carácter general orientativo, cabe indicar que si los exámenes se celebran en la misma localidad y en día inhábil o fuera del horario de trabajo de la persona solicitante, no resulta procedente la concesión del permiso, salvo que entre la finalización de la jornada y el inicio de la prueba o examen no quede tiempo material para el desplazamiento, en cuyo caso el permiso alcanzará al tiempo necesario para dicho desplazamiento. Este permiso es común al personal funcionario de carrera e interino. VER LEGISLACIÓN VIGENTE SOBRE LICENCIAS Y PERMISOS VER EL BLOQUE DE LEGISLACIÓN |
Recordamos a los compañeros que la normativa vigente indica claramente que para presentarse a exámenes o pruebas se concederá el tiempo necesario para desplazarse al lugar del examen, por lo que no se debe aceptar ninguna presión a la hora de finalizar la jornada laboral cuando una persona tenga que desplazarse desde su lugar de trabajo No somos los interinos los que hemos hecho coincidir el día de la presentación de las oposiciones con un día lectivo. Además recordar que si alguien no llega a tiempo a la presentación de las oposiciones, no solamente no puede presentarse a las mismas, sino que quedará excluido de la bolsa y perderá el trabajo Por todo ello recomendamos a los maestros/as interinos que tengan que desplazarse para asistir a la presentación, planifiquen su traslado con tiempo suficiente (incluyendo cualquier imprevisto que pudiera pasar en la carretera) En la reunión de este mes con el Delegado de Educación, la Junta de Personal solicitó que los equipos directivos de los Centros de la Provincia, y a la inspección educativa, que se sea sensible a los casos donde el interino debe desplazarse a otra provincia, o realizar un desplazamiento de la localidad hasta el lugar donde se celebra la presentación de las oposiciones. Por último SADI va a estar muy atento a todos los intentos de presión que se realicen sobre los interinos, tendentes a conculcar un derecho como es el anteriormente citado de desplazarse con el tiempo suficiente
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Enviado por: sadigranada1 el Lunes, 04 de Junio de 2007
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